CANAL ÉTICO DE INFORMACIÓN DE FRANCISCO ALBERICH, SA




EL COMPROMISO DE ALBERICH CON LA ÉTICA EMPRESARIAL:


Francisco Alberich SA manifiesta su oposición ante cualquier acto ilícito además de mostrar su firme voluntad de cumplir con la legislación legal vigente, para lo que se compromete a combatir y prevenir actos o conductas fraudulentos en el seno de su actividad.


En este contexto, el Canal Ético se configura como un elemento para detectar presuntas irregularidades o actos contrarios a la legalidad, cuya investigación permite, además, adoptar las medidas oportunas para reparar sus consecuencias y evitar que esas situaciones se repitan en el futuro.


El responsable del Canal Ético de Francisco Alberich SA es la Unidad de Cumplimiento Normativo, órgano integrado por la Dirección Corporativa constituida específicamente para ello.

Las denuncias deben realizarse de buena fe y han de ser veraces, es decir, deben estar fundadas en la existencia de indicios razonables de la comisión de una irregularidad, delito, acto ilícito o contrario al Código Ético. La formulación de denuncias falsas podría ser constitutiva de los delitos de calumnias e injurias tipificados en los arts. 205 y s.s. del Código Penal.


No serán tramitados mediante el Canal Ético consultas o reclamaciones de carácter comercial, que deberán cursarse a través de los servicios de atención al cliente habilitados en cada una de las sociedades.


El Canal Ético cuenta con dos vías de comunicación:

  • Canal de Consulta, mediante el que se pueden trasladar dudas, dilemas o cuestiones en relación con la aplicación del Código Ético, las políticas corporativas o cualquiera de los procedimientos establecidos Francisco Alberich SA.
  • Canal de Denuncia Confidencial, a través del que se puede informar de cualquier irregularidad y/o incumplimiento normativo de la que se tenga conocimiento o sospecha fundada.



COMUNICACIÓN CON EL INFORMANTE:



El Canal Ético permite una comunicación segura con el informante, incluso con aquel que ha decidido ser anónimo. Para ello se habilita una comunicación una vez registrada la denuncia.

Sin perjuicio de lo anterior, el Canal Ético permite al informante renunciar expresamente a la recepción de cualquier comunicación de actuaciones llevadas a cabo por la Unidad de Cumplimiento Normativo como consecuencia de la información.



PROTECCIÓN DEL INFORMANTE Y CANALES EXTERNOS:


La "Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción" otorga un régimen de protección a aquellas personas que informen sobre acciones u omisiones que puedan constituir determinadas infracciones del Derecho de la Unión Europea , o de infracción penal o administrativa grave o muy grave, considerando entre estas, en todo caso, a las que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social, y de las que hayan sido conocedoras en un contexto laboral.



Además, estas personas podrán informar sobre estos hechos a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes.

Para más información consulte la "Política General relativa al Sistema Interno de Información de Francisco Alberich SA".

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